A lo largo de los últimos años se viene extendiendo el rumor, mito o creencia entre la sociedad y el sector de la automoción que los neumáticos tienen una fecha de caducidad y que, por tanto, hay que sustituirlos, estén o no desgastados, cuando estos tengan 5 años de antigüedad.
Desde ADINE se considera que dicha información no es veraz y, en este sentido, puede causar un grave perjuicio a los fabricantes de neumáticos y, en especial, a las empresas del sector que se dedican a la distribución de los mismos. Así pues, desde la asociación se desea matizar que:
En la actualidad, no existe ninguna normativa europea ni de ámbito nacional donde se regule la caducidad de los neumáticos, ni se imponga u obligue a su cambio o sustitución cuando estos cumplan una fecha determinada. Es más, en la directiva 92/23/CEE del 31 de marzo de 1992, que establece las condiciones de homologación de los neumáticos, no figura en ningún apartado de esta directiva que los neumáticos tengan una fecha de caducidad o de vencimiento.
Sin embargo, sí que es cierto que, existen una serie de recomendaciones del organismo de normalización E.T.R.T.O (European Tyre and Rim Technical Organisation), el cual es el responsable de otorgar todos los requisitos que deben cumplir los neumáticos fabricados y comercializados en la Unión Europea, a la cual se adhieren la gran mayoría de fabricantes, donde se afirma entre otras cosas que:
- después de 5 años de utilización de un neumático, es decir, desde la fecha en que han sido montados, deben ser examinados por un especialista o un profesional cualificado del neumático, por lo menos una vez al año.
- Asimismo, el citado organismo también indica que, por simple precaución, a los 10 años desde la fecha de fabricación (fecha indicada en el flanco del neumático-DOT) con una combinación de cuatro dígitos (los 2 primeros dígitos indican la semana de fabricación, y los 2 últimos el año de fabricación) se recomienda la sustitución por unos neumáticos nuevos (incluidos los de repuesto), aunque el nivel de desgaste no haya llegado al límite mínimo legal permitido de 1,6 mm que establece la Ley o los 3mm recomendados.
Es evidente que el envejecimiento del neumático depende de diversos factores, como por ejemplo, las condiciones de almacenamiento (temperatura, humedad, posición, etc.), condiciones climáticas y las condiciones de utilización (tipo de carretera y revestimiento, tipo de vehículo y su geometría, la presión de inflado, carga, etc.), pero, en cualquier caso, si la conservación del mismo es la correcta, el neumático puede estar en perfectas condiciones ya que no tiene fecha de límite de uso.
Por último, desde ADINE se hace hincapié en recordar que dado los neumáticos son el único punto de encuentro entre el vehículo y la carretera, es primordial llevar a cabo un control o mantenimiento permanente y periódico de los mismos (vigilancia de la presión de inflado, nivel de desgaste, deformaciones, etc) para asegurar el rendimiento óptimo de las cubiertas y velar por una correcta seguridad vial.
Fuente: ADINE
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